viernes, 22 de octubre de 2021

[El Salto] Los trabajadores en puestos de especial peligrosidad se podrán jubilar de forma anticipada sin el beneplácito de la patronal

A José Luis Rodríguez Zapatero le quedaban dos días de legislatura cuando decidió aprobar un Real Decreto, el 1698/2011, por el que se regulaban los coeficientes reductores para la edad de jubilación. Dirigido a aquellas profesiones cuyos trabajadores sufren una especial penosidad, peligrosidad, insalubridad o toxicidad, ninguno de ellos se ha beneficiado de la medida, excepto algunas policías, afirman desde la Confederación General de Trabajadores (CGT). Este sindicato, además, denunció un cambio de parecer por parte de la Dirección General de la Seguridad Social (DGSS) que suponía, materialmente, la paralización de cualquier expediente al respecto.

La nueva interpretación consideró obligatorio que la presentación de solicitudes tenía que estar avalada también por las organizaciones patronales. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en la sala de lo Contencioso Administrativo, ha dado la razón a la CGT, por lo que miles de trabajadores se podrán beneficiar de un Real Decreto que apenas ha tenido mayor recorrido que su promulgación hace una década.

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